Acoso

Formación en prevención del acoso

El protocolo solo funciona si la plantilla lo conoce y quienes lo aplican saben cómo hacerlo. Formación diferenciada para plantilla, mandos e investigadores.

Qué recibes

  • 01

    Programa formativo diferenciado por perfiles.

  • 02

    Materiales formativos adaptados al protocolo de la empresa.

  • 03

    Sesiones de formación para plantilla, mandos e investigadores.

  • 04

    Evidencia documental: convocatorias, asistencia y evaluación.

No incluye: La formación no sustituye al protocolo: sin sistema preventivo, la formación queda huérfana.; No emitimos certificaciones homologadas ni acreditaciones oficiales.; La formación no exime de la obligación de actuar ante una denuncia concreta..

Cómo funciona

  1. 01

    Analizamos

    Revisamos el protocolo vigente, los perfiles de la plantilla y la formación previa realizada.

  2. 02

    Diseñamos

    Definimos el programa por perfiles: objetivos, contenidos, formato y duración de cada acción formativa.

  3. 03

    Impartimos

    Ejecutamos la formación de plantilla, mandos e investigadores, presencial u online.

  4. 04

    Evaluamos

    Medimos la comprensión y dejamos evidencia documental de cada acción formativa.

  5. 05

    Mantenemos

    Programamos actualizaciones periódicas y formación de refuerzo tras incidencias o cambios.

Si te aplica

La formación en prevención del acoso no está exigida como tal por una norma general: no debe confundirse con obligaciones formativas específicas de otras materias. Su alcance se define en cada sistema preventivo y, cuando la formación se acuerda como medida en un plan de igualdad (el RD 901/2020 la prevé como posible medida negociada), pasa a formar parte de lo acordado. Interesa a cualquier organización con protocolo frente al acoso, y es especialmente relevante para mandos y para quienes investigan.

Qué necesitamos de tu organización

  • Protocolo y procedimientos internos vigentes.
  • Mapa de perfiles: plantilla, mandos, figuras de referencia e investigadores.
  • Disponibilidad y preferencias de formato (presencial u online).
  • Historial de formación previa en la materia, si existe.

Preguntas frecuentes

Lo que suele preguntarse

  • No existe una obligación legal general que la exija como tal. Ahora bien, cuando la formación se acuerda como medida dentro de un plan de igualdad —posibilidad prevista por el RD 901/2020— pasa a formar parte de lo acordado y, por tanto, de lo exigible internamente. En cualquier caso, es la pieza que hace funcionar al protocolo.

Fuentes: BOE-A-2020-12214 · BOE-A-2022-14655

Empecemos por tu caso.

Confirmamos el alcance y el precio antes de formalizar el encargo.