Acoso
Procedimiento interno frente al acoso laboral
Un procedimiento que ordena la prevención y la actuación ante conductas hostiles reiteradas en el trabajo, con figuras de referencia formadas y medidas previstas.
Qué recibes
- 01
Procedimiento interno frente al acoso laboral redactado para la organización.
- 02
Designación formal de figuras de referencia y plan de asesoramiento.
- 03
Cauce de comunicación con reglas de confidencialidad.
- 04
Guía de actuación para figuras de referencia y mandos.
No incluye: No sustituimos a las figuras de referencia: las formamos y asesoramos, pero la actuación es interna.; La investigación de denuncias concretas es un servicio diferenciado de investigación interna.; No decidimos medidas disciplinarias: asesoramos a la empresa, que es quien decide..
Cómo funciona
- 01
Analizamos
Revisamos la estructura, la cultura organizativa, los conflictos históricos y la documentación preventiva existente.
- 02
Diseñamos
Redactamos el procedimiento: conductas, figuras de referencia, cauce de comunicación, actuación y medidas.
- 03
Designamos
Seleccionamos con la empresa las figuras de referencia, las formamos y les damos soporte jurídico.
- 04
Implantamos
Difundimos el procedimiento a la plantilla y coordinamos su funcionamiento con los demás protocolos.
- 05
Mantenemos
Revisamos el procedimiento tras cada actuación y ante cambios organizativos o normativos.
Si te aplica
La obligación general de disponer de protocolos frente al acoso discriminatorio se apoya en la Ley 15/2022, aplicable con independencia del tamaño de la empresa. Más allá de la exigencia, cualquier organización con equipos necesita un procedimiento frente al acoso laboral: sin él, cada conflicto se improvisa y la empresa queda expuesta. El procedimiento debe coordinarse con el protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo y con los demás canales internos.
Qué necesitamos de tu organización
- Estructura de la organización y mapa de equipos y mandos.
- Documentación preventiva existente y protocolos ya vigentes.
- Personas candidatas a figuras de referencia.
- Histórico de conflictos o situaciones previas, si existe.
Preguntas frecuentes
Lo que suele preguntarse
- El procedimiento define las conductas con precisión: comportamientos hostiles o vejatorios reiterados en el ámbito del trabajo que deterioren las condiciones de la persona afectada. Delimitar bien estas conductas, y distinguirlas de los conflictos laborales ordinarios, es la primera pieza de un procedimiento serio.
Fuentes: BOE-A-2022-14655 · BOE-A-2015-11430 · BOE-A-2018-16673 · Reglamento (UE) 2016/679
Empecemos por tu caso.
Sabes qué incluye y cuánto cuesta antes de empezar.
