Acoso

Procedimiento interno frente al acoso laboral

Un procedimiento que ordena la prevención y la actuación ante conductas hostiles reiteradas en el trabajo, con figuras de referencia formadas y medidas previstas.

Qué recibes

  • 01

    Procedimiento interno frente al acoso laboral redactado para la organización.

  • 02

    Designación formal de figuras de referencia y plan de asesoramiento.

  • 03

    Cauce de comunicación con reglas de confidencialidad.

  • 04

    Guía de actuación para figuras de referencia y mandos.

No incluye: No sustituimos a las figuras de referencia: las formamos y asesoramos, pero la actuación es interna.; La investigación de denuncias concretas es un servicio diferenciado de investigación interna.; No decidimos medidas disciplinarias: asesoramos a la empresa, que es quien decide..

Cómo funciona

  1. 01

    Analizamos

    Revisamos la estructura, la cultura organizativa, los conflictos históricos y la documentación preventiva existente.

  2. 02

    Diseñamos

    Redactamos el procedimiento: conductas, figuras de referencia, cauce de comunicación, actuación y medidas.

  3. 03

    Designamos

    Seleccionamos con la empresa las figuras de referencia, las formamos y les damos soporte jurídico.

  4. 04

    Implantamos

    Difundimos el procedimiento a la plantilla y coordinamos su funcionamiento con los demás protocolos.

  5. 05

    Mantenemos

    Revisamos el procedimiento tras cada actuación y ante cambios organizativos o normativos.

Si te aplica

La obligación general de disponer de protocolos frente al acoso discriminatorio se apoya en la Ley 15/2022, aplicable con independencia del tamaño de la empresa. Más allá de la exigencia, cualquier organización con equipos necesita un procedimiento frente al acoso laboral: sin él, cada conflicto se improvisa y la empresa queda expuesta. El procedimiento debe coordinarse con el protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo y con los demás canales internos.

Qué necesitamos de tu organización

  • Estructura de la organización y mapa de equipos y mandos.
  • Documentación preventiva existente y protocolos ya vigentes.
  • Personas candidatas a figuras de referencia.
  • Histórico de conflictos o situaciones previas, si existe.

Preguntas frecuentes

Lo que suele preguntarse

  • El procedimiento define las conductas con precisión: comportamientos hostiles o vejatorios reiterados en el ámbito del trabajo que deterioren las condiciones de la persona afectada. Delimitar bien estas conductas, y distinguirlas de los conflictos laborales ordinarios, es la primera pieza de un procedimiento serio.

Fuentes: BOE-A-2022-14655 · BOE-A-2015-11430 · BOE-A-2018-16673 · Reglamento (UE) 2016/679

Empecemos por tu caso.

Sabes qué incluye y cuánto cuesta antes de empezar.