Acoso
Protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo
Un protocolo con canal específico, procedimiento claro y garantías para todas las personas implicadas: la pieza central de la prevención frente al acoso sexual y por razón de sexo.
Qué recibes
- 01
Protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo, redactado para la organización.
- 02
Canal de comunicación específico de denuncias, con sus reglas de funcionamiento.
- 03
Procedimiento de actuación e investigación con fases, garantías y medidas.
- 04
Designación y asesoramiento de las figuras responsables.
- 05
Plan de difusión del protocolo a la plantilla.
No incluye: No decidimos sobre las denuncias: el protocolo ordena el procedimiento; las decisiones corresponden a la empresa con asesoramiento jurídico.; La investigación de denuncias concretas es un servicio diferenciado de investigación interna.; No emitimos certificaciones de ausencia de acoso ni certificamos el cumplimiento..
Cómo funciona
- 01
Analizamos
Revisamos la documentación preventiva existente, la estructura de la organización y los riesgos específicos de su actividad.
- 02
Diseñamos
Redactamos el protocolo: conductas, canal específico, procedimiento, figuras responsables, garantías y medidas.
- 03
Implantamos
Ponemos en marcha el canal de comunicación específico y las figuras de referencia designadas y asesoradas.
- 04
Comunicamos y formamos
Apoyamos la difusión del protocolo a la plantilla y la formación de quienes lo aplican.
- 05
Mantenemos
Revisamos el protocolo ante cambios normativos, organizativos o tras la tramitación de denuncias.
Si te aplica
La obligación general de disponer de protocolos frente al acoso discriminatorio en la empresa se apoya en la Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, aplicable con independencia del tamaño de la plantilla. Además, las empresas con más de 50 personas trabajadoras deben contar con un protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI como parte de sus medidas LGTBI (Ley 4/2023, art. 15), exigible desde el 2-3-2024. El protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo es la pieza central de este sistema preventivo.
Qué necesitamos de tu organización
- Documentación preventiva existente: protocolos, políticas, código de conducta.
- Estructura de la organización y personas disponibles como figuras de referencia.
- Canales internos ya existentes y su relación con el nuevo canal específico.
- Convenio aplicable y representación legal, si la hay, para el encaje del protocolo.
Preguntas frecuentes
Lo que suele preguntarse
- El protocolo define con precisión las conductas que persigue: comportamientos de naturaleza sexual no consentidos y comportamientos realizados en razón del sexo de la persona que atenten contra su dignidad, en cualquier soporte, presencial o digital. Una definición clara evita tanto la infrarreacción como la banalización de las denuncias.
Fuentes: BOE-A-2022-14655 · BOE-A-2023-5366 · BOE-A-2015-11430 · BOE-A-2018-16673
Empecemos por tu caso.
Sabes qué incluye y cuánto cuesta antes de empezar.
