Derecho digital

Redes sociales y marketing digital dentro de la ley

Comunicaciones comerciales con consentimiento válido, contenido publicitario identificado, políticas de uso de perfiles corporativos y actuación jurídica frente a contenidos que dañan la marca.

Qué recibes

  • 01

    Política de uso de redes sociales corporativas: roles, contenidos permitidos, gestión de crisis y límites.

  • 02

    Protocolo jurídico de email marketing: captación con evidencia, bases jurídicas, textos de consentimiento y gestión de bajas.

  • 03

    Modelo de contrato de colaboración con creadores e influencers, con obligaciones de identificación publicitaria.

  • 04

    Criterios de etiquetado de publicidad digital e influencers adaptados a los canales usados.

  • 05

    Revisión de la coherencia entre cookies de marketing del sitio y consentimientos (art. 22.2 LSSI y Guía AEPD).

  • 06

    Protocolo de actuación frente a contenidos que dañan la reputación o la marca: reseñas falsas, suplantaciones, contenidos ilícitos.

No incluye: No gestionamos las campañas ni producimos contenidos: construimos el marco jurídico en el que el equipo de marketing trabaja.; No auditamos técnicamente las plataformas de publicidad ni las cuentas publicitarias.; La actuación en procedimientos sancionadores o litigios concretos se valora como servicio separado..

Cómo funciona

  1. 01

    Analizamos

    Inventariamos los canales y prácticas actuales: listas de envío y su origen, perfiles sociales, campañas, colaboraciones con creadores y cookies de marketing del sitio.

  2. 02

    Diagnosticamos

    Revisamos la base jurídica de cada lista, los mecanismos de baja, la identificación del contenido publicitario y la coherencia entre tracking y consentimientos.

  3. 03

    Diseñamos el sistema

    Construimos las piezas: política de redes sociales, protocolo de captación y baja de suscriptores, modelo de contrato para colaboraciones y criterios de etiquetado publicitario.

  4. 04

    Documentamos e implantamos

    Redactamos los textos (cláusulas de captación, contratos con influencers, política interna) y definimos los flujos para que el equipo de marketing los ejecute sin improvisar.

  5. 05

    Mantenemos

    Revisamos el sistema ante nuevas plataformas, nuevos formatos publicitarios, uso de IA generativa en campañas o cambios en los criterios de la AEPD.

Si te aplica

Afecta a cualquier organización que comunica comercialmente por canales digitales: email marketing, newsletters, campañas en redes sociales, colaboraciones con creadores de contenido, publicidad programática o gestión de perfiles corporativos. La LSSI exige consentimiento para el uso de cookies y tecnologías de seguimiento (art. 22.2), lo que condiciona la publicidad digital basada en tracking conforme a la Guía de la AEPD, exigible desde el 11-1-2024. Si las campañas usan contenido generado con inteligencia artificial, el Reglamento (UE) 2024/1689 exige transparencia (art. 50, aplicable desde el 2-8-2026). Y si la empresa opera una plataforma propia donde terceros publican, el DSA (Reglamento (UE) 2022/2065) es plenamente aplicable desde el 17-2-2024.

Qué necesitamos de tu organización

  • Relación de canales usados: plataformas de email, perfiles sociales, herramientas de publicidad.
  • Origen y antigüedad de las listas de envío, y cómo se recogieron los consentimientos.
  • Acuerdos actuales con agencias, creadores o medios.
  • Personas con acceso de publicación a los perfiles corporativos.

Preguntas frecuentes

Lo que suele preguntarse

  • La normativa de comunicaciones comerciales electrónicas parte del consentimiento previo del destinatario como regla general, con una excepción muy concreta para clientes existentes (soft opt-in) cuando se obtuvieron sus datos con ocasión de una venta, se informó adecuadamente y el envío trata de productos o servicios propios análogos, ofreciendo baja sencilla en cada comunicación. Fuera de ese supuesto, enviar sin consentimiento es una práctica con riesgo sancionador recurrente. Conviene auditar el origen de cada lista antes de seguir usándola.

Fuentes: BOE-A-2002-13758 · Criterios exigibles desde el 11-1-2024 · ELI 32024R1689 · ELI 32022R2065

Empecemos por tu caso.

Sabes qué incluye y cuánto cuesta antes de empezar.