Formación
Formación sobre el canal de denuncias (Sistema Interno de Información)
La formación que hace operativo el canal: plantilla que sabe qué y cómo comunicar, mandos que saben derivar y un Responsable del Sistema formado en su función.
Qué recibes
- 01
Programa de formación sobre el canal, por perfiles.
- 02
Materiales adaptados a la política y al procedimiento de la organización.
- 03
Módulo técnico para el Responsable del Sistema y el equipo gestor.
- 04
Tests de comprensión y confirmación de realización.
- 05
Informe de ejecución formativa con evidencia por persona.
No incluye: No presentamos esta formación como exigencia de la Ley 2/2023: la ley no la contempla.; No incluye la implantación del canal ni la gestión externa de comunicaciones, servicios propios de la familia.; No sustituye el asesoramiento continuado al Responsable del Sistema en casos concretos..
Cómo funciona
- 01
Analizamos
Revisión del canal implantado: política, procedimiento, canales de recepción, figura del Responsable y formación previa.
- 02
Diseñamos
Programa por perfiles: sensibilización de plantilla, módulo de mandos y formación técnica del Responsable y su equipo.
- 03
Implantamos
Ejecución coordinada con el calendario de implantación o de revisión del Sistema Interno de Información.
- 04
Documentamos
Registro de realización, tests y confirmaciones, integrados en la evidencia del sistema.
- 05
Mantenemos
Nuevas ediciones ante incorporaciones, cambios de Responsable o actualizaciones del procedimiento.
Si te aplica
La Ley 2/2023 exige el Sistema Interno de Información al sector privado con 50 o más personas trabajadoras, a entidades de sectores regulados UE sin umbral, a determinadas organizaciones que gestionan fondos públicos y a todo el sector público, pero no exige formación sobre el canal. La formación es, por tanto, una medida de eficacia y de evidencia —no una exigencia legal— y su diseño debe reflejar el canal efectivamente implantado en cada organización.
Qué necesitamos de tu organización
- Política y procedimiento del Sistema Interno de Información vigentes.
- Identidad del Responsable del Sistema y del equipo que gestiona las comunicaciones.
- Relación de colectivos a formar y formatos disponibles.
- Formación previa realizada sobre el canal, si la hubiera.
Preguntas frecuentes
Lo que suele preguntarse
- No. La Ley 2/2023 exige disponer del Sistema Interno de Información a los sujetos obligados, pero no contempla la formación como obligación. La formamos porque es la pieza que hace que el canal se use correctamente y porque su evidencia demuestra que la organización difundió el sistema; no porque la ley lo exija.
Fuentes: BOE-A-2023-4513
Empecemos por tu caso.
Confirmamos el alcance y el precio antes de formalizar el encargo.
