PBC-FT
Análisis de riesgos de blanqueo de capitales
El análisis de riesgos propio es la base del sistema PBC-FT: de él salen las medidas de diligencia debida, los umbrales de atención y el contenido real del manual de prevención.
Qué recibes
- 01
Documento de análisis y gestión de riesgos PBC-FT de la entidad.
- 02
Matriz de riesgos: factores, valoración y medidas de gestión asociadas.
- 03
Criterios de graduación de la diligencia debida por nivel de riesgo.
- 04
Documentación de la aprobación del análisis por el órgano competente.
- 05
Calendario de actualización del análisis.
No incluye: No incluye herramientas de screening ni bases de datos de riesgo, aunque asesoramos sobre su uso en la gestión.; No sustituye al manual de prevención: el análisis es su base, y ambos se trabajan de forma coordinada.; No constituye una opinión sobre operaciones concretas, que se revisan en el servicio de operaciones sospechosas..
Cómo funciona
- 01
Analizamos
Actividad real de la entidad: servicios, clientes, canales de captación, contrapartes y zonas de operación.
- 02
Identificamos
Factores de riesgo de blanqueo y financiación del terrorismo propios de esa actividad.
- 03
Valoramos
Clasificación de riesgos con criterios documentados y defendibles, no con categorías vacías.
- 04
Conectamos
Cada nivel de riesgo con sus medidas: admisión, diligencia debida, seguimiento y examen especial.
- 05
Mantenemos
Actualización del análisis ante cambios de actividad, de clientela o de la normativa y guías del sector.
Si te aplica
Aplica a los sujetos obligados del art. 2 de la Ley 10/2010: el análisis de riesgos no es opcional ni intercambiable entre entidades, porque debe reflejar la actividad concreta —qué clientes se admiten, qué operaciones se realizan, por qué canales y con qué contrapartes—. Debe actualizarse cuando cambian esos factores y sostiene el resto de piezas del sistema.
Qué necesitamos de tu organización
- Información sobre servicios ofrecidos y operaciones habituales.
- Tipología de clientes y canales de captación y de operación.
- Historia de incidentes, operaciones examinadas o comunicaciones previas, si las hay.
- Acceso a las personas que conocen la operativa comercial.
Preguntas frecuentes
Lo que suele preguntarse
- Porque la Ley 10/2010 lo exige así: las políticas y procedimientos internos deben apoyarse en un análisis y gestión de riesgos propio (art. 26, desarrollado en los arts. 25-27 del RD 304/2014). De la valoración del riesgo sale la intensidad de la diligencia debida: a mayor riesgo, medidas reforzadas. Sin análisis, no hay criterio para graduar nada.
Fuentes: BOE-A-2010-6737 · BOE-A-2014-4950
Empecemos por tu caso.
Confirmamos el alcance y el precio antes de formalizar el encargo.
