PBC-FT
KYC y diligencia debida
Identificar al cliente, determinar su titularidad real y seguir la relación de negocio son el corazón operativo del PBC-FT: diseñamos los procedimientos para que se apliquen de verdad.
Qué recibes
- 01
Procedimiento de admisión e identificación formal de clientes.
- 02
Procedimiento de titularidad real con criterios para estructuras complejas.
- 03
Matriz de graduación de la diligencia debida, conectada con el análisis de riesgos.
- 04
Procedimiento de seguimiento continuo de la relación de negocio.
- 05
Modelos documentales: fichas de cliente, declaraciones responsables y registros.
No incluye: No incluye la contratación de herramientas de screening ni bases de datos de titularidad, aunque asesoramos sobre su encaje.; No incluye la ejecución de las verificaciones cliente a cliente: diseñamos el procedimiento y asistimos en los casos difíciles.; No incluye la valoración de operaciones sospechosas concretas, que tiene servicio propio..
Cómo funciona
- 01
Analizamos
Cómo se admiten hoy los clientes, qué documentación se recoge y dónde falla el circuito.
- 02
Diseñamos
Procedimientos de admisión, identificación y titularidad real dimensionados a la operativa y al riesgo.
- 03
Documentamos
Fichas de cliente, declaraciones responsables, criterios de graduación y registros de seguimiento.
- 04
Implantamos
Puesta en marcha con los equipos comerciales y de operaciones: quién recoge, quién verifica, quién autoriza.
- 05
Mantenemos
Revisión de los procedimientos ante cambios de clientela, canales o criterios del supervisor.
Si te aplica
Aplica a los sujetos obligados del art. 2 de la Ley 10/2010 al establecer relaciones de negocio, al realizar operaciones ocasionales en los supuestos previstos, cuando existan indicios de blanqueo o cuando la documentación del cliente resulte insuficiente o inexacta. La determinación de la titularidad real es especialmente exigente con clientes societarios y estructuras complejas.
Qué necesitamos de tu organización
- Descripción del proceso comercial y de admisión de clientes actual.
- Tipología de clientes: personas físicas, sociedades, no residentes, estructuras.
- Documentación y formularios actualmente en uso.
- Personas responsables de la admisión y de la verificación.
Preguntas frecuentes
Lo que suele preguntarse
- El art. 3 de la Ley 10/2010 exige la identificación formal mediante documentos fidedignos y la declaración responsable del cliente, con el desarrollo que fija el RD 304/2014. Más allá del documento concreto, lo relevante es el procedimiento: quién recoge, quién verifica, qué se hace cuando la documentación no es suficiente y cómo queda todo archivado durante diez años (art. 25).
Fuentes: BOE-A-2010-6737 · BOE-A-2014-4950 · BOE-A-2023-16159
Empecemos por tu caso.
Confirmamos el alcance y el precio antes de formalizar el encargo.
