RGPD

Auditoría RGPD para organizaciones

Un diagnóstico de cómo trata datos tu organización de verdad, con un Registro de Actividades de Tratamiento construido sobre la realidad y un plan de corrección ordenado por riesgo.

Qué recibes

  • 01

    Registro de Actividades de Tratamiento completo y usable (art. 30 RGPD).

  • 02

    Informe de diagnóstico con gaps clasificados por riesgo y por obligación incumplida.

  • 03

    Plan de corrección priorizado con responsables y orden de ejecución.

  • 04

    Documentación revisada o redactada: cláusulas informativas, contratos de encargado, procedimientos de derechos y de brechas.

  • 05

    Informe de revisión periódica en cada ciclo de mantenimiento.

No incluye: No incluye la implantación técnica de medidas de seguridad en sistemas (configuración de servidores, cifrado, redes): revisamos su encaje jurídico y documental.; No incluye la gestión de una brecha ya producida, que se trabaja como servicio de incidente.; No incluye la emisión de certificaciones de cumplimiento: Normolex no certifica..

Cómo funciona

  1. 01

    Analizamos

    Entrevistas con las áreas y revisión de herramientas, contratos y documentación existente para reconstruir los tratamientos reales, no los teóricos.

  2. 02

    Registramos

    Construimos el Registro de Actividades de Tratamiento conforme al art. 30 RGPD: finalidades, bases jurídicas, categorías, destinatarios, transferencias y plazos.

  3. 03

    Diagnosticamos

    Cruzamos el registro con la documentación y la práctica: gaps de información, consentimientos, contratos de encargado, seguridad, derechos y brechas.

  4. 04

    Corregimos

    Plan de corrección ordenado por riesgo con documentos y procedimientos redactados o revisados, y criterios de la AEPD aplicables a cada punto.

  5. 05

    Mantenemos

    Revisión periódica de la adecuación: nuevos tratamientos, cambios de proveedores y evolución de criterios de la AEPD.

Si te aplica

Toda organización que trate datos personales —empleados, clientes, proveedores, usuarios web— está sujeta al RGPD y a la LOPDGDD, con independencia de su tamaño o sector. La auditoría es el punto de partida recomendable cuando la adecuación se hizo hace años, cuando han cambiado tratamientos, proveedores o herramientas, o cuando nunca se hizo un diagnóstico completo.

Qué necesitamos de tu organización

  • Acceso a las personas responsables de RRHH, marketing, sistemas, compras y dirección.
  • Documentación existente de protección de datos, aunque esté desactualizada.
  • Inventario de herramientas y proveedores que tratan datos.
  • Información sobre tratamientos sensibles: videovigilancia, IA, transferencias internacionales, datos de salud.

Preguntas frecuentes

Lo que suele preguntarse

  • En que la auditoría parte de los tratamientos reales. Un lote de documentos genéricos describe una organización teórica; la auditoría reconstruye qué datos se tratan de verdad, con qué finalidades, herramientas y proveedores, construye el Registro de Actividades de Tratamiento del art. 30 RGPD sobre esa realidad y detecta los gaps concretos. El resultado es un plan de corrección priorizado, no una carpeta.

Fuentes: Reglamento (UE) 2016/679 · BOE-A-2018-16673 · AEPD — EIPD

Empecemos por tu caso.

Confirmamos el alcance y el precio antes de formalizar el encargo.