Sistema Interno de Información
Canal de denuncias y Sistema Interno de Información
El canal es solo una pieza. El sistema define quién recibe una comunicación, qué ocurre después y cómo queda documentada cada actuación.
EL CANAL NO ES EL SISTEMA.
Recibir una comunicación es solo el comienzo. El sistema define qué ocurre después, quién interviene y cómo queda documentada cada actuación.
- CANALCauce de recepción seguro, con vía anónima admitida por la ley.
- RECEPCIÓNAcuse de recibo al informante en siete días naturales.
- RESPONSABLEDesignado por el órgano de gobierno y notificado a la AAI.
- ANÁLISISValoración jurídica de los hechos y de su encaje en la ley.
- INVESTIGACIÓNCuando procede, respetando la normativa laboral y de protección de datos.
- DECISIÓNDecisión motivada y respuesta al informante en tres meses.
- EVIDENCIARegistro documental de cada fase y revisión del funcionamiento real.
- CANALCauce de recepción seguro, con vía anónima admitida por la ley.
- RECEPCIÓNAcuse de recibo al informante en siete días naturales.
- RESPONSABLEDesignado por el órgano de gobierno y notificado a la AAI.
- ANÁLISISValoración jurídica de los hechos y de su encaje en la ley.
- INVESTIGACIÓNCuando procede, respetando la normativa laboral y de protección de datos.
- DECISIÓNDecisión motivada y respuesta al informante en tres meses.
- EVIDENCIARegistro documental de cada fase y revisión del funcionamiento real.
Quién recibe, quién investiga, quién decide: tres respuestas que el sistema debe dejar definidas.
Lo que suele faltar cuando una empresa dice “ya tenemos canal”
- La herramienta de recepciónSuele existir
- Responsabilidades clarasConviene verificar
- Procedimiento escrito de gestiónConviene verificar
- Gestión de conflictos de interésConviene verificar
- Investigación de las comunicacionesConviene verificar
- Evidencia de cada actuaciónConviene verificar
Disponer de una plataforma o buzón no significa que todas las piezas del Sistema Interno de Información estén diseñadas.
¿Qué necesitas resolver?
- IMPLANTARNecesitamos crear el sistema.Ver la implantación del sistema
- REVISARYa existe, pero queremos saber si está completo.Hacer el autodiagnóstico
- GESTIONARNecesitamos apoyo continuado en su funcionamiento.Ver la gestión externa del canal
- ACTUARYa ha llegado una comunicación.Analizar una comunicación
MOMENTO DE RIESGO
Ha llegado una comunicación. Ahora importa el orden.
00:00
Recibir
La comunicación entra. Registrar la fecha exacta: de ella dependen los plazos de acuse y respuesta.
01
Preservar
Limitar el acceso a la información al número mínimo de personas desde el primer momento.
02
Clasificar
Valorar la naturaleza de los hechos y su encaje en la Ley 2/2023.
03
Definir intervinientes
Asignar quién analiza, quién investiga y quién decide, comprobando que no están afectados por lo comunicado.
04
Investigar
Cuando proceda, respetando la normativa laboral y de protección de datos.
05
Documentar
Acuse en siete días naturales, respuesta en tres meses y evidencia de cada actuación.
Preguntas frecuentes
Preguntas que suelen aparecer antes de implantar o revisar el sistema
Respuestas basadas en la Ley 2/2023 y en la operativa real del sistema.
- Según los artículos 10 a 13 de la Ley 2/2023: las empresas del sector privado con 50 o más personas trabajadoras; las entidades de sectores regulados por el Derecho de la Unión Europea (financiero, prevención del blanqueo, transporte, medio ambiente, entre otros) con independencia de su plantilla; los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y sus fundaciones cuando reciban o gestionen fondos públicos; y todo el sector público. Los municipios de menos de 10.000 habitantes y las entidades con menos de 50 personas trabajadoras pueden compartir el sistema.
