Guía · RGPD
¿Puedo instalar fichaje por huella o reconocimiento facial en mi empresa?
La comodidad del dispositivo no justifica usar biometría. Qué análisis exige el RGPD antes de recoger huellas o rostros para fichar.
Revisado jurídicamente: 18 de septiembre de 2026

Un lector de huella puede evitar que se preste una tarjeta, pero incorpora un tratamiento de datos especialmente sensible cuando se utiliza para identificar de manera unívoca. Comprar el equipo no demuestra que su uso laboral sea lícito.
Hay dos niveles de justificación
Además de una base del artículo 6 del RGPD, el tratamiento de datos biométricos dirigido a identificar de forma unívoca necesita encajar en una excepción del artículo 9. No debe suponerse que el deber de registrar jornada autoriza cualquier tecnología.
El consentimiento en una relación laboral exige especial cautela por el desequilibrio entre empresa y trabajador. Una firma estándar no elimina ese problema ni demuestra que exista una elección verdaderamente libre.
Necesidad y alternativas
Pregunta por qué no sirven tarjeta, código u otro método menos intrusivo. Evalúa finalidad, riesgos, seguridad y conservación. Cuando corresponda, debe realizarse una evaluación de impacto antes de comenzar; hacerla después de recoger datos no sustituye la decisión previa.
También importa dónde se guardan las plantillas biométricas, quién accede y qué ocurre al extinguirse la relación laboral. Que el proveedor diga «no almacenamos fotos» no responde a todas esas cuestiones.
Ejemplo práctico
Una pyme quiere fichaje facial porque está incluido en su aplicación. No ha analizado alternativas ni sabe si los datos salen del dispositivo. El primer paso es detener esa activación y revisar el tratamiento, no enviar un formulario de consentimiento a toda la plantilla.
Si ya está instalado
Inventaría el sistema, contratos, datos y documentación de legitimación. Valora medidas correctoras y una alternativa de fichaje mientras se resuelven las carencias. No borres evidencias necesarias de una incidencia sin revisar las obligaciones aplicables.
La revisión jurídica debe estudiar el uso concreto y el marco vigente. Una certificación comercial o una promesa del fabricante no desplazan la responsabilidad de la empresa que decide utilizar el sistema.
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